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Tus donativos deducen en la Declaración de la Renta

2131 CARITAS Conoces tus ventajas fiscales FISICAS 2

¿Conoces tus ventajas fiscales?Tu solidaridad representa el compromiso con los demás y la satisfacción de contribuir a mejorar la vida de muchas personas.

Las cantidades donadas o satisfechas a las entidades e instituciones previstas en la Ley 49/2002 que se destinen a la realización y desarrollo de actividades y programas prioritarios de mecenazgo (en nuestro caso Cáritas) tendrán derecho a una deducción de:

Hasta 150 euros (importe), 80% (porcentaje de deducción)

Resto base de deducción, 35%

Además, si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción a favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción a favor de esa misma entidad que exceda de 150 euros será del 40 por ciento.

Límite

La base de la deducción de estos donativos, no podrá exceder del 15 por 100 de la base liquidable.

¡Haz que tu colaboración tenga una doble recompensa! Además de ayudar a las personas en situación de pobreza y exclusión social y participar en la transformación de nuestra sociedad, con tu aportación económica también disfrutarás de beneficios fiscales que te permitirán deducir tus donativos en la Declaración de la Renta o Impuesto de Sociedades.

Si te conviertes en socio o donante, te enviaremos un certificado de donación con las cantidades totales aportadas durante el año fiscal anterior para que lo puedas incorporar en tu declaración de la renta.

¡Y es que ser solidario cuenta el doble!

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